Como ya hemos comentado en un post anterior, el límite entre el derecho a la información y el derecho a la intimidad es difícil de establecer. Para marcar esa separación, podemos consultar el
código deontológico (puedes encontrar los artículos de la Constitución referentes a este tema
aquí y
aquí, además de la
Ley Orgánica de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen), aprobado por la FAPE el 27 de noviembre de 1993. En él, se afirma que el periodista se debe mover en todo momento por el principio de profesionalidad y ética. El primer compromiso ético es el respeto a la verdad. Sin embargo, se reconoce el derecho de toda persona sobre su intimidad e imagen, con lo que el periodista debe evitar intromisiones en su vida privada, a no ser que esté justificado por servir a un interés público. Además, el código establece que bajo ningún caso se pueden expresar comentarios vejatorios sobre el individuo por ningún motivo de raza, color, religión, origen social o sexo de una persona o a cualquier enfermedad o minusvalía física o mental que padezca. No encontramos ninguna alusión a otras características, como podría ser la orientación sexual, aunque suponemos que en una sociedad democrática como es España, esa ausencia debe ser consecuencia de algún descuido. Por último, el código contempla la necesidad del periodista de verificar la información que recibe de sus fuentes, así como de distinguir claramente la información y su propia opinión.
Todo esto se torna ambiguo en el apartado de la prensa rosa. En este mundo, los famosos venden su INTIMIDAD. ¿Cómo puede el periodista diferenciar entre la intimidad que ha “comprado” y la que le está vetada? Por ejemplo, si una persona famosa vende su relación sentimental… ¿se puede hablar de la relación pero no de la ruptura? ¿Esa ruptura no es la parte final de la relación? Por otra parte, pensamos que casi ningún profesional de la prensa rosa cumple con el código deontológico. Esto ha llevado a que el mundo del periodismo haya perdido gradualmente su
credibilidad y criterio. A diario vemos como se presentan como “hechos” las opiniones personales, se lanzan noticias falsas, información no verificada, insultos… También se viola continuamente el derecho a la imagen. Hay un error muy común, pensar que porque un sujeto sea una personalidad pública, existe el derecho a tomar fotografías de su vida diaria. No es necesario que sea una persona que haya vendido exclusivas, ni siquiera se libran aquellos que han sabido mantenerse alejados de la prensa rosa y centrarse en dar información sobre su trabajo. Aquí podemos citar el caso de Ana Torroja, que no se dedica a vender noticias pero, sin embargo, ha sido portada de revistas por su embarazo, etc. A pesar de eso, normalmente se respeta más la imagen de este tipo de famosos que la de aquellos que suelen posar a cambio de una cifra determinada.
Un caso sonado de violación del derecho a la intimidad en España es el que protagonizó
José Luís Rodríguez Zapatero, actual presidente del Gobierno. Estando de vacaciones en Menoría, la revista Diez Minutos tomó instantáneas de la familia del presidente, incluyendo a sus hijas, menores de edad. Zapatero transmitió su protesta a dicha revista, y agradeció a los demás medios su respeto. Los medios quedaron muy sorprendidos de que Zapatero no utilizara esas vacaciones en familia para hacer propaganda. También se trata de uno de los pocos casos en los que casi todos los periodistas cumplen el código deontológico, es decir, respetar la intimidad de una persona mientras no afecte a su labor pública.
España no es el único país con el periodismo en esta situación. En Estados Unidos puede que sea incluso peor, puesto que los paparazzi son conocidos por cumplir su trabajo en ocasiones con
tácticas agresivas, como rodear a los famosos con coches, o arrinconarlos con las cámaras. El gobernador de California, Arnold Schwarzenegger, firmó en octubre del 2005 una
ley (que entró en vigor a principios del 2006) que aumentaba las multas (concretamente, hasta el triple del importe normal, además de perder los pagos por ese trabajo) a los fotógrafos que causaran directa o indirectamente cualquier tipo de lesión. Cindy Montañez, autora del proyecto legislativo, acusó a Arnold Schwarzenegger de vengarse por verse envuelto en un conflicto de este tipo, cuando unos fotógrafos lo arrinconaron en su coche cuando iba a buscar a su hijo con su esposa. Numerosas personalidades públicas se han visto envueltas en este tipo de conflictos. Por citar a algunos, podemos ver los casos de Cameron Díaz, que se ha enfrentado verbal y físicamente con los periodistas; Lindsay Lohan, que sufrió un accidente de tráfico provocado por un fotógrafo que la perseguía… La lista es interminable.
En el Reino Unido, se ha modificado el
Código de Conducta para periodistas, con el fin de incluir a los medios digitales, así como a cualquier persona que, sin ser periodista, publique información en los medios. Entre otras modificaciones, existe la de prohibir el pago a criminales a cambio de información, etc. Son 16 puntos concisos sobre el tema del derecho de réplica, la prohibición de acoso…
Por otra parte, en el año 2004, la princesa Carolina de Mónaco, protagonizó una
batalla contra la prensa alemana, por publicar unas fotos relativas a su vida privada. Hay opiniones para todos los gustos. Carolina de Mónaco salió victoriosa del juicio, en el que la condena fue justificada por el hecho de que la vida privada de la princesa no atañe al interés público, siempre y cuando no repercuta en sus deberes monárquicos. Sobre el mismo caso, hace 13 años alegaron que Carolina es un personaje histórico contemporáneo, y, como tal, debía aceptar la difusión de su vida privada.
En nuestra opinión, en ocasiones es comprensible la reacción de los famosos acosados. Si acorralas a una persona como si fuera un animal, lo mínimo que puedes esperar es que reaccione como tal, y lo curioso del caso es que simplemente es reaccionar en defensa propia. No es extraño que, cansados del acoso, e inmovilizados por 6 personas que los rodean con cámaras fotográficas, actúen de forma violenta. En cualquier caso, no se trata de que los periodistas les interrumpan de forma educada, sino que son ellos los que inician la disputa intentando conseguir la foto de forma ofensiva, provocadora, amenazante… Esto no es una “justificación”, pero quizás sea una “explicación”. También entendemos que muchos de estos periodistas no tienen más remedio que acosar al personaje para conseguir la foto o reportaje por la le van a pagar. Respecto a lo que planteábamos antes, de cómo es posible cumplir el respeto a la intimidad, si ésta ha sido vendida, nos remitimos a la relación comercial que pueda tener cualquier persona. Una persona que vende su vida no puede esperar que la gente olvide ese “contrato” para próximas ocasiones. Una vez que has vendido algo, se presupone que estás dispuesto a vender algo similar (por ejemplo, si una persona vende su embarazo, se espera que venda después la exclusiva del nacimiento). En el idioma inglés, la misma palabra, free, define los adjetivos “libre” y “gratis”. Esto sirve para explicar nuestra reflexión: aquello que se vende adquiere un dueño, y, consecuentemente, pierde la libertad. Aplicando esto a un objeto (salvando las diferencias, por supuesto, no es comparable una vida humana con un objeto), una vez que lo pagas es tuyo. En el caso de la prensa del corazón, la persona que cobra por publicar su vida deja de ser el propietario de ésta, los nuevos “propietarios” son aquellos que le han pagado, esto es, directamente, los periodistas, e indirectamente, el público que consume prensa rosa. Es evidente que no es posible comerciar con seres humanos, pero sí es posible que un periodista se sienta se sienta “estafado” cuando un famoso no le proporcione aquello por lo que ha sido pagado. En conclusión, y respondiendo al dilema que da título a este post, el precio de la libertad está claro: la única persona que es totalmente libre es aquella que no se vende.
La responsable de la semana: Isabel Contreras.